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Desarrollo

La transformación eléctrica representa un rotundo cambio de concepción sobre el modo de organizar el sector.
La introducción de la competencia a través de la desintegración vertical y horizontal de la industria requirió formas de regulación distintas a las aplicadas históricamente en el sector.
El nuevo ordenamiento económico institucional incorporó elementos innovadores en la regulación, donde las empresas reguladas son controladas a través de la verificación del cumplimiento de obligaciones, sometiéndolas a penalidades e incentivos sin necesidad de inmiscuirse en la función de producción de empresa ni en su estructura de costos o metas de inversión.
Las normas que regulan la actividad y las políticas del sector han quedado reservadas a la Secretaría de Energía. Allí el Consejo Federal de la Energía Eléctrica maneja las relaciones con las provincias y la administración de fondos especiales.
La responsabilidad de la aplicación de la regulación recae en CAMMESA, que es una sociedad anónima integrada por todos los grupos actuantes del MEM junto al Estado Nacional.
Finalmente, el ENRE, con amplias funciones regulatorias, en especial en cuanto a las connotaciones económicas relacionadas a aspectos tarifarios, verificación y control de metas de calidad y resolución de conflictos entre partes.
 
El Proceso de transformación :
 
En Agosto de 1989 se sanciona la ley 23696 a partir de la cual se construye la transformación del sector promoviéndose los siguientes conceptos:
 
1. Introducción y promoción de competencia y mecanismos de mercado en todas las actividades donde esto fuera posible. Requiriendo la separación nítida entre actividades de carácter, monopólico o pasibles de quedar libradas a reglas de mercado.

2. Creación de condiciones y reglas de juego transparentes que facilitan la concurrencia de productores y consumidores generando precios que transmiten señales eficientes de incentivos para aumentar la oferta eléctrica.
 
3. Separación del Estado de las actividades empresarias del sector, reservándose la función de definición de políticas, regulación de incentivos para las actividades de carácter monopólico y fiscalización.

4. Descentralización de las decisiones de planificación en el sector.

5. Incorporación del sector privado en condiciones de riesgo.

6. Introducción y promoción de competencia y mecanismos de mercado en todas las actividades donde esto fuera posible. Requiriendo para ello la separación nítida entre actividades de carácter, monopólico o pasibles de quedar libradas a reglas de mercado.

7. Creación de condiciones y reglas de juego transparentes que faciliten la concurrencia de productores y consumidores y que genere precios que transmitan señales eficientes de incentivos para aumentar la oferta eléctrica.

8. Separación del Estado de las actividades empresarias del sector, reservándose la función de definición de políticas, regulación de incentivos para las actividades de carácter monopólico y fiscalización.

9. Descentralización de las decisiones de planificación en el sector.

10. Incorporación del sector privado en condiciones de riesgo.
La Función Administradora

De acuerdo a lo previsto en el art. 35 de la ley 24065 el decreto 1192 de julio de 1992 dispuso la creación de CAMMESA sobre la base del Despacho Nacional de Cargas.
Sus funciones principales comprenden la coordinación de las operaciones de despacho, la responsabilidad por el establecimiento de los precios mayoristas y la administración de las transacciones económicas que se realizan a través del SIN.
Es una empresa de gestión privada con propósito público.
El paquete accionario de CAMMESA es propiedad de los Agentes del Mercado Mayorista Eléctrico en un 80%. El 20% restante está en poder del ministerio público que asume la representación del interés general y de los usuarios cautivos.
El 80% señalado se integra en partes iguales por los Agentes Generadores, Transportistas, Distribuidores y Grandes Usuarios con un 20% de participación cada uno.
Además del objeto principal del despacho técnico y económico del SIN, organizando el abastecimiento de la demanda al mínimo costo compatible con el volumen y la calidad de la oferta energética disponible, CAMMESA ha sido concebida para realizar las siguientes funciones de propósito público:
 
1. Ejecutar el despacho económico para aportar economía y racionalidad en la administración del recurso energético

2. Coordinar la operación centralizada del SIN para garantizar seguridad y calidad.

3. Administrar el MEM asegurando transparencia por medio de la participación de todos los agentes involucrados y el respeto a las reglamentaciones respectivas.
La racionalidad en la ejecución y coordinación del despacho apunta a que los precios mayoristas en el mercado spot se determinen en base al costo marginal de producción y transporte del sistema, y a que se maximice al mismo tiempo la seguridad y calidad de los suministros.
En los roles de administración del MEM, le corresponde a CAMMESA supervisar el funcionamiento del mercado a término, planificar las necesidades de potencia y optimizar su aplicación de acuerdo a las reglas fijadas por la SE.
Las actividades de CAMMESA son de interés nacional, indispensables para la libre circulación de la energía eléctrica y se encuentran comprendidas en los términos del art. 12 de la ley 15336, por lo que las provincias no pueden aplicar tributos o incidencias algunas que afecten la constitución y el cumplimiento del objeto social de la empresa.
CAMMESA actúa como mandatario de los diversos actores del MEM en lo relativo a la colocación de potencia y energía, organizar y conducir el uso de las instalaciones de transporte en el mercado spot, como agente de comercialización de la energía y potencia proveniente de importaciones y de emprendimientos binacionales, y también gestiona cobros, pagos o acreditaciones de las transacciones que se celebren entre los actores del MEM.
 
 La Nueva Estructura del Sector Eléctrico
 
En el marco de lo dispuesto en la ley 24065, los decretos reglamentarios y las resoluciones de la S.E. emanadas de la misma ley, la estructura del mercado eléctrico resultante presenta actualmente las siguientes característas:
Negocio eléctrico dividido por actividades: generación, transmisión, distribución con la participación de comercializadores
Los consumidores se dividen en Grandes Usuarios y Usuarios Finales. Los primeros se constituyen en Agentes del Mercado Eléctrico.
El Estado se retira de su rol empresario y pasa al de regulador.
Existencia de un mercado a término y un mercado spot para la compra-venta de energía.
Los Distribuidores pueden comprar la energía al mercado a un precio estabilizado actualizable trimestralmente.
Los Generadores pueden vender energía al mercado a través de un precio spot horario.
La generación necesaria para satisfacer la demanda se determina en función del costo económico de operación del sistema eléctrico.
Los precios spot horarios se determinan marginalmente con el costo requerido para satisfacer la próxima unidad de demanda.
El transporte es remunerado a través de cargos fijos de conexión y de capacidad de transporte, y variables en función de las pérdidas y de la probabilidad de falla de las líneas, siendo fijo el monto total remuneratorio.
Se abre el MEM al intercambio con los países vecinos permitiendo la exportación o importación de energía a través de contratos entre Empresas privadas que cumplan los requisitos del marco regulatorio.